Limitaciones a los nuevos contratos en ZT
La ley, a pesar de ser clara, no está siendo respetada en muchas ocasiones, porque el arrendador juega con el miedo del arrendatario en un escenario de precios desbocados. Y porque los arrendatarios comparten con el resto de la ciudadanía un mal hábito: el de no reclamar ni denunciar.
Con arreglo a nuestro ordenamiento jurídico, son las autonomías quienes tienen transferidas las competencias en materia de vivienda. Es decir, que en caso de incumplimiento de la Ley de Arrendamientos Urbanos, como puede ser una subida por encima de lo permitido por la ley, es la Dirección General de Vivienda de la Consellería que corresponda a quien debe denunciarse el incumplimiento. Y quien tiene la obligación de amparar a quienes son víctimas de los incumplimientos de la ley.
En las zonas tensionadas, y ese es el motivo por el que en los barrios, y seguramente en toda la ciudad, debe declararse la Zona Tensionada, se cumplen ampliamente las dos condiciones para hacerlo. De hecho, según la ley, basta con que se cumpla cualquiera de ellas.
En Zona Tensionada la renta no podrá exceder de la última renta del contrato de arrendamiento de vivienda habitual sujeto a la LAU, que hubiese estado vigente a lo largo de los últimos cinco años en la misma vivienda. Es decir, el arrendador no puede libremente decidir cobrar lo que quiera, sigue obligado a respetar las condiciones anteriores y, en todo caso, la franja del índice de referencia del alquiler.



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